Estatutos

A continuación algunos extractos de nuestros estatutos, para mas información solicitala a nuestro correo.

ANTECEDENTE ÚNICO:

Para el otorgamiento del presente instrumento se solicito y obtuvo de la Secretaria de Economía la autorización de uso de denominación o razón social (CUD)  A201906041927071897, letra “a”, dos, cero, uno, nueve, cero, seis, cero, cuatro, uno, nueve, dos, siete, cero, siete, uno, ocho, nueve, siete, la cual se agrega en copia fiel al apéndice de esta escritura pública y a los testimonios que de la misma se expidan.

CLÁUSULAS:

PRIMERA. – Los señores ALFREDO AGUILERA SALDAÑA, NICOLÁS BENEDETTI ARIZA Y JOSE LUIS SANCHEZ ZARAGOZA constituyen una ASOCIACIÓN CIVIL denominada “FEDERACIÓN IBEROAMERICANA DE REIKI”, A.C. cuyas siglas A.C. Corresponden a ASOCIACIÓN CIVIL.

SEGUNDA.- Los comparecientes acuerdan que la asociación que se constituye en este instrumento quede regida por los siguientes estatutos:

E S T A T U T O S

CAPITULO I PRIMERO:

DENOMINACIÓN, OBJETO, FINES DE LA ASOCIACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO, NACIONALIDAD, CLÁUSULA DE EXTRANJERÍA Y PATRIMONIO SOCIAL:

ARTÍCULO PRIMERO.- DENOMINACIÓN.- La denominación de dicha Asociación será, “FEDERACIÓN IBEROAMERICANA DE REIKI”, seguido de las palabras ASOCIACIÓN CIVIL o de su abreviatura A.C., a la que internamente y en los estatutos sociales también se le tendrá por denominada como “FEDERACIÓN” o con sus iniciales “FIR”.

ARTÍCULO SEGUNDO.- OBJETO SOCIAL.- El objeto de la asociación es: I.- Promocionar, difundir y aplicar el Reiki de todos los linajes y sus diversos sistemas a nivel internacional en organizaciones, centros de salud y personas con el fin de promover y desarrollar la calidad en la enseñanza y la práctica de la técnica de Reiki y contribuir a la mejora de la calidad de vida de las personas en sus niveles físico, mental y espiritual.- II.- Reconocer todos los linajes de Reiki y sus diversos sistemas siempre y cuando el uso y técnicas de los mismos sea de nivel energético, manos, soplo o vista y sin sincretismos. Considerando la validez de un linaje o sistema Reiki, cuando exista una metodología de sanación aplicada que involucre las estructuras sutiles del Ser, terapias propias y sustentos particulares que tiendan hacia la sanación física, mental y espiritual del receptor. Todos los linajes, sistemas o escuelas respetarán la personalidad, religión, ideología, cultura y posicionamiento personal de los receptores.- III.- Considerar un linaje o sistema cuando estos se sustenten en el conocimiento energético sutil del receptor, en la aplicación de terapias para ello, el uso de símbolos de- sanación, el uso de energía sutil y el método de aplicación, entre otros aspectos. No se considera un sistema cuando solo se pretende difundir una ideología, pensamiento, mensaje o descripción sin la técnica de sanación y terapéutica energética que la soporta.- IV.- Analizar, estudiar, considerar y determinar cada solicitud que realicen las organizaciones o entidades que pretendan ser aceptadas como centro de Reiki sustentado en la metodología terapéutica de sanación que se requiere para ello. Y que la sustenta como linaje, técnica, método, terapéutica, hacia la sanación sutil de quién recibe la terapia….

…ARTÍCULO TRIGÉSIMO SÉPTIMO.- La Asamblea General está formada por todos los asociados. Es el Órgano Supremo de la Asociación que deliberará y tomará las decisiones de acuerdo con los presentes Estatutos.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO OCTAVO.- Las resoluciones de la Asamblea se tomarán por mayoría de votos. Cada asociado gozará de un voto. La votación será personal, nominal y directa, ya sea en forma física o con firma  electrónica

ARTÍCULO TRIGÉSIMO NOVENO.- El asociado no votará en la decisión en que se encuentre directamente interesado él, su cónyuge, ascendientes, descendientes o parientes colaterales dentro del segundo grado.

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO.- Las Asambleas Generales serán ordinarias y extraordinarias, las ordinarias se celebrarán dentro del primer trimestre de cada año o en la fecha que se señale su convocatoria y las extraordinarias se celebraran en cualquier tiempo, previa convocatoria del Consejo Directivo o del Órgano de Vigilancia; o bien a petición del veinticinco por ciento de los asociados….

 

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